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Presidencia de la República de Costa Rica

San José, 14 de agosto de 2024 –La semana anterior se dio a conocer por parte de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia la sentencia completa que respalda las acciones del Gobierno de la República para regular la implementación de la tecnología 5G en Costa Rica a través del “Reglamento Sobre Medidas de Ciberseguridad Aplicables a los Servicios de Telecomunicaciones Basados en la Tecnología de Quinta Generación Móvil (5G) y Superiores”, el cual fue emitido por el Poder Ejecutivo para garantizar la seguridad, privacidad y confidencialidad de los datos de la ciudadanía y las empresas. Esta decisión, que rechaza un recurso de amparo y medidas cautelares de suspensión de dicha normativa, que fuese presentado por una empresa de telecomunicaciones, reafirma la facultad del Gobierno de la República para establecer requisitos técnicos y de seguridad en la implementación de las tecnologías 5G y superiores, garantizando así la protección de la infraestructura crítica del país y el régimen jurídico de derechos e intereses de los usuarios. La sentencia número Res. N° 2024-002222 de las catorce horas del veintiséis de enero de dos mil veinticuatro subraya la importancia de la seguridad nacional y la defensa en materia de telecomunicaciones, aspectos fundamentales que el MICITT debe considerar al emitir la regulación del Sector, incluyendo los parámetros técnicos para la implementación de las tecnologías 5G y superiores, al tiempo que reconoce que en este caso, no se está contraviniendo la libre competencia, la libre concurrencia en el mercado de las telecomunicaciones,ni tampoco identifica que el Reglamento establezca disposiciones que conlleven discrminación alguna hacia algún proveedor o suministrador. Puntos clave de la sentencia: ● El Poder Ejecutivo tiene la competencia para definir las reglas del juego desde la política pública en materia de ciberseguridad para redes de telecomunicaciones en tecnologías 5G y superiores. ● El Reglamento no establece disposiciones de imposible cumplimiento para las empresas ni discrimina a ninguna empresa en particular. ● El Reglamento no transgrede la Constitución Política ni los Tratados Internacionales. ● La neutralidad tecnológica está supeditada a los intereses legítimos de la política pública. El Presidente de la República Rodrigo Chaves y la Ministra del MICITT Paula Bogantes, expresaron una vez más su preocupación por el retraso en la resolución de una medida cautelar interpuesta por un sindicato del ICE ante el Tribunal Contencioso Administrativo. Esta medida ha suspendido la ejecución del Reglamento Sobre Medidas de Ciberseguridad Aplicables a los Servicios de Telecomunicaciones Basados en la Tecnología de Quinta Generación Móvil (5G) y Superiores, a pesar de que la Sala Constitucional ha respaldado su legalidad y pertinencia. Dicho retraso pone al ICE en desventaja en un mercado competitivo.